viernes, 9 de octubre de 2015



SISTEMA DE GARANTÍA JUVENIL


Me gustaría hablar de este programa porque es algo que aun se está empezando a implantar y por las rebajas e incluso la gratuidad que ofrece a las empresas en la cotización a la Seguridad Social.

  • ¿Qué es?
La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo.

En España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.



  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios/as?
Los jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:

§ Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.

§ Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.

§ Tener más de 16 años y menos de 30 en el momento de solicitar la inscripción en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

§ No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

§ No haber recibido acciones educativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 90 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

§ No haber recibido acciones formativas que conlleven más de 40 horas mensuales en los 30 días naturales anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

§ Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

Con carácter previo a la inscripción, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social realizará los controles necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos anteriores.


  • ¿Cómo hago para inscribirme?
Se puede acceder de tres formas distintas:

Acceso al registro con DNI electrónico o certificado
La forma más sencilla y rápida de acceder al registro es a través de DNI electrónico, certificado electrónico reconocido u otros medios que se establezcan normativamente y que se habilitarán para su empleo por parte de las personas usuarias.

Acceso de forma asistida
En el caso de que no se disponga de DNI electrónico o Certificado Digital la solicitud de inscripción se puede realizar con la ayuda de personal especializado a través de:

- Oficina de las Cámaras de Comercio únicamente presentando el DNI. En estas oficinas se proporcionará al interesado de forma gratuita un Certificado Digital, que podrá utilizar también para futuras gestiones, y se podrá formalizar la solicitud de inscripción con el apoyo de personal cualificado.

- Centros y servicios de la Red SIJ (Servicios de Información Juvenil) únicamente presentando el DNI. En coordinación con INJUVE en estas oficinas se proporcionará al interesado el código de activación para el acceso al sistema a través de usuario y contraseña, y se podrá formalizar la solicitud de inscripción con el apoyo de personal cualificado.

Acceso a través del Sistema Cl@ve

Se trata de una plataforma común para la identificación, autentificación y firma electrónica, un sistema interoperable y horizontal que evita a las Administraciones Públicas tener que implementar y gestionar sus propios sistemas de identificación y firma, y a los ciudadanos tener que utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con la Administración.

Los jóvenes interesados en iniciar la inscripción telemática que no dispongan de identificación electrónica podrán solicitar su usuario y contraseña cumplimentando el formulario adjunto y entregándolo en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Después de entregar el impreso, el interesado recibirá por correo electrónico la comunicación de su código de activación que deberá introducir en el enlace Activar usuario situado en la página de acceso al Sistema para obtener su contraseña.

Otras formas de acceso

La inscripción se debe de realizar por vía telemática en todos los casos con la excepción de aquellas personas que se encuentran en riesgo de exclusión social que cuenten con el certificado que lo acredite y/o discapacidad reconocida. Estas personas se podrán inscribir mediante la presentación del formulario adjunto en las oficinas de registro de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas y de las Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

  • ¿Qué pasa una vez que estoy registrado/a?
Una vez que el interesado se ha dado de alta en el sistema, podrá recibir ofertas del catálogo de actuaciones que se recogen en el Plan de Implantación de la Garantía Juvenil y/o en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven a través de su Comunidad Autónoma, la Administración General del Estado, las entidades que colaboran en la gestión del Fondo Social Europeo o de las empresas que deseen aplicarse alguno de los incentivos previstos en la normativa vigente para la contratación de jóvenes.


  • ¿Cuál es ese catálogo de actuaciones?
La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, en la que se enmarca la Garantía Juvenil, contempla un total de 100 medidas para facilitar la inserción de los jóvenes en el mercado laboral, el fomento del espíritu emprendedor, así como la mejora de la empleabilidad. Entre ellas, incorpora algunas de importante calado que ya se encuentran en marcha desde el mes de marzo de 2013 entre las que destacan:

§ La rebaja de las cotizaciones a la Seguridad Social, con reducciones y bonificaciones de hasta el 100%, para las empresas que contraten a jóvenes menores de 30 años.

§ Programas para que los jóvenes que abandonaron sus estudios de forma prematura puedan obtener la titulación de Educación Secundaria Obligatoria.

§ La mejora de la empleabilidad de los jóvenes en situación de desempleo, a través de programas formativos con compromiso de contratación o el incentivo de los contratos formativos.

§ Y para aquellos que decidan iniciar una actividad emprendedora, se ha puesto en marcha la tarifa plana de 50 euros para autónomos, se han ampliado las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo y se posibilita la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad emprendedora.

Nuevos incentivos a la contratación indefinida de jóvenes
En materia de apoyo a la contratación, en el marco de la Garantía Juvenil se establecen nuevos incentivos que hacen hincapié en la contratación indefinida y en los contratos formativos.

1. Contratación Indefinida: Tarifa joven


Se establece una bonificación para la contratación indefinida de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que implica para las empresas, incluidos los trabajadores autónomos y las entidades de la Economía Social, una bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social de 300 euros durante un máximo de seis meses.

§ Esta medida será compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador autónomo no sea negativo.

§ La empresa deberá mantener al trabajador al menos seis meses desde el inicio de la relación laboral. En caso de incumplimiento de esta obligación se deberá proceder al reintegro de la bonificación.

§ Asimismo, estarán obligados a incrementar con la nueva contratación tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total, y mantener el nuevo nivel alcanzado con la contratación durante todo el periodo de disfrute de la bonificación.

§ En el supuesto de que la contratación sea a tiempo parcial, la jornada será como mínimo el 50 por ciento de la correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo comparable, aplicándose una bonificación de entre 150 y 225 euros para este supuesto en función de la jornada de trabajo.

§ La aplicación de la bonificación por parte de cada empresa sólo se producirá una única vez por cada uno de los beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que contraten, con independencia del periodo de la bonificación disfrutado por la empresa por dicho trabajador.

2. Contratos Formativos

  • Contrato para la Formación y el Aprendizaje:
El contrato presenta actualmente una reducción del 100% de las cotizaciones para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las de 250 o más trabajadores.

Además, cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser como mínimo del 25 por ciento el primer año y del 15 por ciento el segundo y tercer año.

A través del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, se añade una disposición adicional en la que se prevé que, para las personas beneficiarias del sistema Nacional de Garantía Juvenil, la cuantía máxima de las bonificaciones por la actividad formativa se pueda elevar a través de la modificación de su regulación. Igualmente, se tendrán en cuenta en el incentivo los costes inherentes de la necesidad de disponer de un tutor.

  • Contrato en Prácticas:
A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes para los contratos en prácticas.

A través del Real Decreto-Ley, para las personas beneficiarias del sistema Nacional de Garantía Juvenil, se establece una bonificación adicional del 50% a las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por continencias comunes, por lo que el incentivo será del 100% cuando las empresas contraten a los jóvenes inscritos en el sistema de Garantía Juvenil.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:
A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes (75% de reducción para empresas de más de 250 trabajadores y 100% para el resto) durante un máximo de 12 meses por la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años sin empleo anterior, con una experiencia laboral inferior a tres meses o que procedan de otro sector (recualificación profesional), y que compatibilicen empleo con formación.

A través del Real Decreto-Ley, se añade como beneficiaros de este incentivo a las personas inscritas en el sistema Nacional de Garantía Juvenil.


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